DECRETO 2374 DE 1974
(octubre 31)
Diario Oficial No 34.203 de 12 de noviembre de 1974
MINISTERIO DE GOBIERNO
Por el cual se reduce el impuesto a las exportaciones de café y se dictan otras disposiciones.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 122 de la Constitución Nacional, y en desarrollo del Decreto 1970 de 1974,
DECRETA:
ARTICULO 1o. <Pérdida de vigencia por carencia de objeto. Ver Notas de Vigencia> Redúcese en cuatro (4) puntos el impuesto ad valorem sobre el producto en moneda extranjera de las exportaciones de café, establecido por el artículo 226 del Decreto ley 444 de 1967.
La reducción se hará a razón de un (1) punto anual, el primero (1o) de enero de los años de 1975, 1976, 1977 y 1978, y se deducirá de la parte de dicho impuesto que debe acreditarse en la cuenta especial de cambios en favor del gobierno Nacional, al tenor de lo dispuesto en el artículo 226 del Decreto ley 444 de 1967 antes citado, y normas concordantes.
ARTICULO 2o. <Pérdida de vigencia por carencia de objeto. Ver Notas de Vigencia> A partir de la vigencia del presente Decreto, el impuesto del uno y medio por ciento (1 1/2%) sobre el valor CIF de las importaciones que se realicen al país, creado por el artículo 20 del Decreto ley 688 de 1967, constituirá un ingreso ordinario del Gobierno Nacional, sin destinación específica.
ARTICULO 3o. Lo dispuesto en el artículo 143 del Decreto 2052 de 1974, se entiende sin perjuicio de las exenciones establecidas en la Ley 10 de 1946.
ARTICULO 4. El presente Decreto regirá a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y EJECUTESE
Dado en Bogotá, D.E. a 31 de octubre de 1974
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
CORNELIO REYES
El Ministro de Gobierno
INDALECIO LIEVANO AGUIRRE
El Ministro de Relaciones Exteriores
ALBERTO SANTOFIMIO BOTERO
El Ministro de Justicia
RODRIGO BOTERO MONTOYA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
ABRAHAM VARON VALENCIA
General
El Ministro de Defensa Nacional
RAFAEL PARDO BUELVAS
El Ministro de Agricultura
MARIA ELENA DE CROVO
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social
HAROLDO CALVO NUÑEZ
El Ministro de Salud Pública
JORGE RAMIREZ OCAMPO
El Ministro de Desarrollo Económico
EDUARDO DEL HIERRO SANTACRUZ
El Ministro de Minas y Energía
HERNANDO DURAN DUSSAN
El Ministro de Educación Nacional
JAIME GARCIA PARRA
El Ministro de Comunicaciones
HUMBERTO SALCEDO COLLANTE
El Ministro de Obras Públicas
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