LEY 1729
DE 2014
(ESTATUTARIA)
(julio
29)
Diario
Oficial No. 49.227 de 29 de julio de 2014
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Por la
cual se deroga la Ley 1157 de 2007 con relación a la elección
directa de Parlamentarios Andinos y se dictan otras disposiciones.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Deróguese la Ley Estatutaria 1157 de
2007, “por la cual se desarrolla el artículo 227 de la
Constitución Política de Colombia con relación a la elección directa de
Parlamentarios Andinos”.
ARTÍCULO 2o. Mientras se establece un régimen electoral
uniforme en el marco de la Comunidad Andina y con el fin de garantizar en todo
momento la participación de la República de Colombia, en cumplimiento de los
compromisos internacionales que vinculen al Estado, conforme lo previsto en el
Acuerdo de Cartagena y en el Tratado Constitutivo del Parlamento Andino, los
Representantes de la República de Colombia ante el Parlamento Andino, serán
designados por el Congreso de la República así:
a) Dos
(2) representantes elegidos por el Senado de la República.
b)
Tres (3) representantes elegidos por la Cámara de Representantes, de los cuales
uno, corresponderá a uno de los partidos que se declaren en oposición al
Gobierno de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de
la Constitución Política de Colombia.
PARÁGRAFO. La designación se realizará por medio de
votación secreta por cada una de las Cámaras.
ARTÍCULO 3o. La presente ley rige a partir de la fecha de su
publicación en el Diario Oficial y deroga todas las
disposiciones que le sean contrarias.
El
Presidente del honorable Senado de la República,
JUAN FERNANDO CRISTO BUSTOS.
El
Secretario General del honorable Senado de la República,
GREGORIO ELJACH PACHECO.
El
Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
HERNÁN PENAGOS GIRALDO.
El
Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
JORGE HUMBERTO MANTILLA SERRANO.
REPÚBLICA
DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL
Publíquese
y cúmplase.
En
cumplimiento de lo dispuesto en la Sentencia C-256 de fecha 23 de
abril de dos mil catorce (2014) – Radicación: PE-043, proferida por la
honorable Corte Constitucional, se procede a la sanción del proyecto de ley, la
cual ordena la remisión del expediente al Congreso de la República, para
continuar el trámite de rigor y posterior envío al Presidente de la República.
Dada
en Bogotá, D. C., a 29 de julio de 2014.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El
Ministro del Interior,
AURELIO IRAGORRI VALENCIA.
La
Ministra de Relaciones Exteriores,
MARÍA ÁNGELA HOLGUÍN CUÉLLAR.